Micelio

Artículo 2

Decreto 438 de 1995 · Por el cual se crea una comisión.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Naturaleza. La Comisión de Seguimiento será un cuerpo eminentemente consultivo y supervisor de los procesos y actividades inherentes al trámite de los beneficios jurídicos de los miembros de la CRS; estará adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República quien podrá delegar su coordinación funcional en el Despacho del Alto Comisionado para la Paz.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 438 de 1995