Micelio

Artículo 13

Aplicación Del Decreto

Decreto 1416 de 1990 · por el cual se dictan normas relativas a la organización y establecimiento de las modalidades y formas de participación comunitaria en la prestación de servicios de salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aplicación del Decreto. Para los efectos de la debida y pronta aplicación de las disposiciones del presente Decreto, corresponde

1.

Al Ministerio de Salud: Divulgar y promover sus disposiciones así como asesorar, apoyar y vigilar su aplicación en los diferentes niveles administrativos.

2.

A las Direcciones Seccionales y Locales y Juntas Directivas de los organismos o entidades de salud: Impulsar la aplicación de las normas de este Decreto, mediante la designación de los funcionarios que sean indispensables y la realización de actividades de divulgación, asesoría, promoción y capacitación, tendientes a la organización y puesta en funcionamiento de los Comités de Participación Comunitaria, Juntas Directivas, Juntas Administradoras Provisionales y Consejos Comunitarios Locales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1416 de 1990