ARTICULO 99. DEFINICIÓN. La evaluación del desempeño es un proceso continuo y permanente mediante el cual se determina el nivel de la gestión, el desempeño y comportamiento laborales, de los empleados de carrera o en período de prueba para su mejoramiento y desarrollo. La calificación es el resultado final de la evaluación en un período de desempeño. Los empleados deberán ser evaluados al menos una vez al año. No obstante, si durante el período establecido, el nominador recibe información de que su desempeño laboral es deficiente, podrá ordenar por escrito, que se les evalúe y califiquen sus servicios en forma extraordinaria según lo determine el reglamento.
Solamente para efectos de capacitación, bienestar y estímulos, la evaluación del desempeño se hará extensiva a los empleados de libre nombramiento y remoción, de período, e igualmente a los trabajadores oficiales, cuando la vinculación laboral sea igual o superior a seis (6) meses.