Desde la sanción de la presente Ley, las asignaciones de los empleados de las Cámaras Legislativas serán las siguientes: Secretarios a, $ 450 Secretarios Auxiliares, a 300 El Habilitado del Senado 250 El Habilitado de la Cámara de Representantes 300 Directores de Anales, a 150 Oficiales Mayores, a 120 Supervigilantes, a 100 Cuestores, a 100 Escribientes, a 70 Porteros, a 50 Carteros y Comisarios, a 40
Ley 51 de 1923 →Vigente
Artículo 1
Ley 51 de 1923 · por la cual se fijan las asignaciones de los empleados de las Cámaras Legislativas y se interpreta el numeral 2o del artículo 103 de la Constitución
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.