Micelio

Artículo 1

Créase La Comisión Nacional De Desarrollo Urbano Como Organismo Asesor Del Gobierno Nacional, La Cual Estará Integrada Por1°

Decreto 264 de 1979 · Por el cual se crea la Comisión Nacional de Desarrollo Urbano

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Créase la Comisión Nacional de Desarrollo Urbano como organismo asesor del Gobierno Nacional, la cual estará integrada por1°. El Ministro de Desarrollo Económico o su delegado. El jefe del Departamento nacional de Planeación o su delegado. El Superintendente bancario o su delegado. El Director del Instituto Geográfico Agustín Codazzi o su delegado. El Gerente del Banco Central Hipotecario o su delegado. El Gerente del Instituto de Crédito Territorial o su delegado. El presidente de la Cámara Colombiana de la Construcción -CAMACOL- o su delegado. El Director Ejecutivo del Centro Estadístico Nacional de la Construcción -CENAC- o su delegado. Dos (2) delegados del señor Presidente de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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