Micelio

Artículo 47

Decreto 1159 de 1999 · por el cual se fusiona el Instituto Colombiano de Comercio Exterior, INCOMEX, con el Ministerio de Comercio Exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Asesores del Consejo Superior. Los asesores del Consejo Superior de Comercio Exterior en número de dos (2) serán de libre nombramiento y remoción por el Gobierno Nacional. Su designación recaerá en personas de reconocidas calidades y experiencia en materia de comercio internacional y de integración económica. Sus funciones serán las de prestar asesoría en forma permanente al Consejo Superior de Comercio Exterior y elaborar en coordinación con las entidades pertinentes los documentos que se presentarán al Consejo en relación con las materias de competencia del mismo. Los asesores recibirán el soporte técnico del Ministerio de Comercio Exterior y su remuneración estará a cargo del Fideicomiso de Promoción a las Exportaciones. El Secretario del Consejo Superior de Comercio Exterior será designado por dicho Consejo, a iniciativa del Ministro de Comercio Exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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