Micelio

Artículo 1

Suspéndanse Las Disposiciones Contenidad En El Artículo 410 Y En Los Incisos 12 Del Artículo 412 Y 4° Del Artículo 413 De La Ley 79 De 1931

Decreto 7 de 1932 · POR EL CUAL SE SUSPENDEN ALGUNAS DISPOSICIONES DE LA LEY 79 DE 1931, SE ESTABLECE EL CERTIFICADO DE ORIGEN Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES SOBRE CONSULADOS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Suspéndanse las disposiciones contenidad en el artículo 410 y en los incisos 12 del artículo 412 y 4° del artículo 413 de la Ley 79 de 1931. En lugar de las facturas comerciales de que habla el artículo 410 de la Ley citada, los funcionarios consulares de la República en los puertos de embarque sxigirán para impartir su visto bueno a las facturas conculares que se les presenten, un certificado de origen, por triplicado, de las mercancías amparadas por tales facturas consulares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 7 de 1932