Micelio

Artículo 4

º

Decreto 1923 de 1996 · por el cual se reglamenta el funcionamiento del seguro colectivo para garantizar el pago de salarios y prestaciones sociales de las personas víctimas de secuestro.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Forma de pago de la indemnización. La aseguradora que expida la póliza pagará a los beneficiarios, en cada evento, el valor de la indemnización, previa determinación de esta calidad y cumplimiento de los demás requisitos establecidos en este reglamento. La periodicidad, forma y cuantía de los pagos, se regirán conforme a lo pactado en el contrato de trabajo o a lo dispuesto en la ley para la cancelación de salarios y prestaciones sociales, según el caso. El valor de la indemnización se aumentará cada año en el mismo porcentaje o modo en que aumente el salario mínimo legal vigente, ciñéndose en todo caso, a los límites mínimos y máximos establecidos en el artículo tercero de este decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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