Micelio

Artículo 34

Si El Consejo Negare El Proyecto De Acuerdo El Intendente O Comisario Presentará A Su Consideración Uno Nuevo, Caso En El Cual Se Volverán A Contar Los Términos Señalados En El Presente Estatuto

Decreto 1927 de 1975 · Por el cual se dictan normas para elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos de Intendencias y Comisarías

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si el Consejo negare el proyecto de Acuerdo el intendente o comisario presentará a su consideración uno nuevo, caso en el cual se volverán a contar los términos señalados en el presente Estatuto. Si no hubiere tiempo para ello, regirá el del año anterior conforme a las previsiones de los artículos 32 y 33 de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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