º . Nombramiento de los Jefes de Control Interno. El nombramiento de los Jefes de Control Interno de todas las entidades y organismos públicos del Orden Nacional, se efectuará por parte de la autoridad competente conforme a la delegación prevista en las disposiciones vigentes. Sin embargo, el Presidente de la República reasumirá, en cualquier momento, su facultad nominadora en los casos que lo considere conveniente.
Decreto 1172 de 1999 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1172 de 1999 · por el cual se dictan normas sobre el nombramiento de los Jefes de Control Interno de las entidades y organismos públicos del Orden Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.