Ejercen ilegalmente la profesión del Secretariado profesional quienes trabajen en esta modalidad ocupacional sin licencia o sin Tarjeta Profesional que los acredite como tales.
Mientras la persona interesada presenta la documentación requerida para la obtención de su Tarjeta Profesional, puede solicitar a la Junta Nacional o Seccional del Secretariado una licencia temporal para ejercer la profesión, la cual tendrá una duración máxima de dos años siendo renovable.
Los títulos obtenidos en los programas de educación abierta y a distancia y en el uso de los recursos telemáticos, serán reconocidos por la Junta General del Secretariado para la obtención de la Tarjeta Profesional.