Micelio

Artículo 13

Decreto 2025 de 1995 · por el cual se establece la nomenclatura, clasificación y régimen salarial de los empleos de la Procuraduría General de la Nación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de la vigencia del presente Decreto, la remuneración mensual de los Procuradores Judiciales I será de un millón setecientos cuarenta mil ciento treinta y dos pesos ($1.740.132.00) moneda corriente. De esta remuneración el treinta por ciento (30%) se considerará prima especial sin carácter salarial de conformidad con el artículo 14 de la Ley 4ª de 1992, aplicable a los Jueces de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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