° Autorízase a la Asociación Bancaria, domiciliada en Bogotá, para que, de conformidad con sus estatutos, acuerde las tarifas de comisiones para los servicios que prestan los establecimientos bancarios. Las tarifas así acordadas deberá ponerlas la Asociación en conocimiento de los bancos no afiliados a ella, para que puedan hacerles observaciones dentro del término no menor de quince (15) días, que fije la Asociación.
Decreto 1988 de 1966 →Vigente
Artículo 1
Autorízase A La Asociación Bancaria, Domiciliada En Bogotá, Para Que, De Conformidad Con Sus Estatutos, Acuerde Las Tarifas De Comisiones Para Los Servicios Que Prestan Los Establecimientos Bancarios
Decreto 1988 de 1966 · por el cual se provee a la unificación de tarifas de comisiones para los servicios bancarios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.