Los recursos del Fondo para la Rehabilitación, Inversión y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco) de que trata el artículo 91 de la Ley 1708 de 2014 serán girados por la Sociedad de Activos Especiales S.A.S. (SAE), o quien haga sus veces, a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional.
Los anteriores recursos se apropiaran en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y distribuirán en los porcentajes establecidos en el artículo 91 de la Ley 1708 de 2014 y se incorporarán en los presupuestos de las respectivas entidades.