Artículo cuarto. Para el reconocimiento de las cuentas de empaque y transporte del menaje doméstico, además de los documentos mencionados en el Decreto número 1219 de 1969, los interesados están obligados a presentar al Ministerio de Relaciones Exteriores una copia certificada por lo menos del correspondiente conocimiento de embarque o guía aérea. Este documento debe ser legalizado por el Cónsul de Colombia respectivo o, en su defecto, por el de una nación amiga, y en el mismo debe quedar constancia, además del peso, del volumen de la carga que constituía el menaje doméstico transportado.
Decreto 1122 de 1971 →Vigente
Artículo 4
Decreto 1122 de 1971 · Por el cual se modifica el Decreto número 1219 de 1969
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.