Micelio

Artículo 14

Las Maquinarias Y Equipos Y Sus Repuestos Importados En Desarrollo Del Régimen Previsto En El Artículo 173, Literal C), Del Decreto-Ley 444de 1967, Estarán Exentos De Depósito Previo, Licencia De Importación, De Gravámenes Arancelarios Y De Los Impuestos Establecidos En Los Artículos Del Decreto-Ley 688 De 1967 Y 6° Del Decreto 2366 De 1974 En Las Demás Normas Que Adicionen O Modifiquen Cualquiera De Las Disposiciones Anteriores

Decreto 992 de 1981 · Por el cual se dictan normas referentes a los Sistemas Especiales de Importación-Exportación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las maquinarias y equipos y sus repuestos importados en desarrollo del régimen previsto en el artículo 173, literal c), del Decreto-ley 444de 1967, estarán exentos de depósito previo, licencia de importación, de gravámenes arancelarios y de los impuestos establecidos en los artículos del Decreto-ley 688 de 1967 y 6° del Decreto 2366 de 1974 en las demás normas que adicionen o modifiquen cualquiera de las disposiciones anteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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