Micelio

Artículo 3

De Acuerdo Con La Autorización Contenida En El Artículo 10 De La Ley 83 De 1962, El Gobierno Incorporará Por Decreto Y Con El Sólo Requisito Del Certificado De Disponibilidad Expedido Por El Contralor General De La República, En El Presupuesto De Rentas E Ingresos Y En El Extraordinario De Inversiones Y Con Estricta Sujeción A Los Contratos Que Se Celebren Con Gobiernos Extranjeros O Entidades Internacionales O A Los Planes Acordados Con Éstos, Los Fondos Provenientes Del Diferencial Cambiario Que Resulten De La Aplicación De La Ley 83 De 1962 Y El Producto De Las Operaciones Extranjeras Que Celebre

Decreto 3461 de 1962 · Por el cual se pone en vigencia la Ley 83 de 1962

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º De Acuerdo con la autorización contenida en el artículo 10 de la Ley 83 de 1962, el Gobierno incorporará por decreto y con el sólo requisito del Certificado de Disponibilidad expedido por el Contralor General de la República, en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y en el extraordinario de inversiones y con estricta sujeción a los contratos que se celebren con Gobiernos extranjeros o entidades internacionales o a los planes acordados con éstos, los fondos provenientes del diferencial cambiario que resulten de la aplicación de la Ley 83 de 1962 y el producto de las operaciones extranjeras que celebre.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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