Decreto 452 de 1886 · Por el cual se establece un impuesto sobre el degüello de ganado mayor
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 25 El arrendamiento del impuesto de que trata este decreto podrá hacerse por uno ó más años, sin exceder de cuatro, á juicio del Poder Ejecutivo.
Parágrafo
Se exceptúa el arrendamiento que se haga del impuesto cuando hayan terminado los contratos vigentes, el cual sólo se extenderá hasta el 31 de Diciembre de 1887. Respecto de aquellos Estados ó entidades en que el impuesto no esté arrendado, el arrendamiento se hará por todo el año de 1887.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.