°. Corríjase el yerro de numeración consecutiva presente en el artículo 37 de la ley 2197 de 2022, el cual quedará así: ARTÍCULO 37. Prohibiciones. Se entienden como prohibiciones las siguientes
Las rifas de las armas, elementos y dispositivos menos letales, accesorios, partes y municiones.
La modificación de las armas, elementos y dispositivos menos letales en sus características de fabricación, origen, diseño y propósito, tampoco se podrán utilizar con municiones de características técnicas letales, so pena de incurrir en las sanciones contempladas en la ley.
El porte, compra, venta o uso de armas, elementos y dispositivos menos letales, accesorios, partes y municiones por parte de menores de edad.
El porte, compra o uso de armas, elementos y dispositivos menos letales por parte de personas que se encuentren inmersas en investigaciones penales o presenten antecedentes de condenas penales, así como aquellas a las que se les haya impuesto una medida correctiva por comportamientos contrarios a la seguridad pública.