La administración del Frigorífico de que trata el artículo 1° estará a cargo del Instituto Nacional de Abastecimientos, y su producto se destinará al fomento de las industrias pesquera y de la elaboración de carne y sus derivados.
Ley 127 de 1963 →Vigente
Artículo 2
Ley 127 de 1963 · Por la cual se ordena la construcción de un Frigorífico en la ciudad de Honda, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.