Micelio

Artículo 2

Ley 127 de 1963 · Por la cual se ordena la construcción de un Frigorífico en la ciudad de Honda, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La administración del Frigorífico de que trata el artículo 1° estará a cargo del Instituto Nacional de Abastecimientos, y su producto se destinará al fomento de las industrias pesquera y de la elaboración de carne y sus derivados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 127 de 1963