Micelio

Artículo 15

A Partir Del 1° De Enero De 2012, La Asignación Básica Mensual De Sustanciador En Lo Contencioso Administrativo Y Sustanciador En Lo Judicial Grado 11 Será De Dos Millones Seiscientos Trece Mil Setecientos Setenta Y Seis Pesos ($2

Decreto 841 de 2012 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir del 1° de enero de 2012, la asignación básica mensual de Sustanciador en lo Contencioso Administrativo y Sustanciador en lo Judicial Grado 11 será de dos millones seiscientos trece mil setecientos setenta y seis pesos ($2.613.776) moneda corriente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 841 de 2012