º Los Juzgados Especializados continuarán con las competencias que les han sido asignadas por la Ley 2º de 1984, el Decreto legislativo 474 de 1988 y el 2390 de 1989, y demás normas que los adicionen o modifiquen.
Decreto 2626 de 1989 →Vigente
Artículo 2
º Los Juzgados Especializados Continuarán Con Las Competencias Que Les Han Sido Asignadas Por La Ley 2º De 1984, El Decreto Legislativo 474 De 1988 Y El 2390 De 1989, Y Demás Normas Que Los Adicionen O Modifiquen
Decreto 2626 de 1989 · Por el cual se prorroga la vigencia de los Juzgados Especializados.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.