Micelio

Artículo 22

Ley 86 de 1886 · Sobre sueldos y asignaciones de los empleados nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 22. Los empleados de este Ministerio gozarán del sueldo anual que á continuación se indica:

Sección 1ª- Negocios generales.

Sección 2ª - Aduanas y Estadísticas mercantil.

Sección 3ª- Salinas, Monedas y tierras baldías.

Sección 4ª- Contabilidad y Bienes nacionales.

empleados especiales.

aduanas

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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