Micelio

Artículo 2

Ley 1054 de 2006 · por la cual la Nación (el Congreso) honra la memoria del jurista y político doctor Hugo Escobar Sierra en justo reconocimiento a su gran labor en la construcción del país.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Un óleo suyo será situado en el Capitolio Nacional, y una estatua suya será erigida en la ciudad de Santa Marta, capital del departamento donde nació, en el sitio que señalen su familia y las autoridades municipales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1054 de 2006