Fíjanse los siguientes sueldos mensuales para el personal de mecánicos y especialistas de la Aviación Militar: Mecánico tercero o especialista de tercera categoría$ 60.00Mecánico segundo o especialista de segunda categoría90.00Mecánico primero o especialista de tercera categoría120.00Mecánico Subjefe o Subjefe de taller especialista135.00Mecánico Jefe o Jefe especialista165.00Jefe Técnico, bases "German Olano" y "Ernesto Samper"220.00Jefe Técnico, Bases "Buenaventura" y "Madrid"200.00Inspector Técnico250.00
Ley 55 de 1938 →Vigente
Artículo 5
Ley 55 de 1938 · Por la cual se fijan las asignaciones para los Oficiales de las fuerzas militares y se concede una autorización al Gobierno
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.