Micelio

Artículo 2

Ley 152 de 1959 · Por la cual se autoriza al Gobierno para hacer una permuta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Parágrafo

El Gobierno queda facultado para acordar las bases de esa negociación y para que ella tenga cumplido efecto de acuerdo con esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 152 de 1959