º . Recursos específicos . Cuando el operador decida migrar de tecnología este deberá disponer las herramientas y/o recursos técnicos adicionales, inclusive software o hardware específicos para la interceptación y derivación de las telecomunicaciones, desde el momento en que la solución de interceptación se encuentre disponible en el mercado y su aplicación sea técnicamente viable. Previo a ello, se deberán realizar las pruebas técnicas operativas del equipamiento a fin de lograr que este sea compatible con los estándares de interceptación.
Decreto 75 de 2006 →Vigente
Artículo 4
Decreto 75 de 2006 · por medio del cual se definen las obligaciones que le asisten a los operadores de servicios de telecomunicaciones en procura de optimizar la labor de investigación de los delitos por parte de las autoridades competentes.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.