º Para efectos de la concesión del registro sanitario para la importación de bebidas alcohólicas terminadas los interesados deberán presentar ante el Ministerio de Salud una solicitud suscrita por el representante legal o su apoderado, según el caso, la cual deberá contener: -Nombre o razón social de la persona natural o jurídica a cuyo nombre se solicita el registro sanitario para importar y vender y su domicilio. -Nombre del producto a importar, su fabricante y domicilio. Con la solicitud deberá acompañarse la siguiente información: 1º. Certificado expedido por la autoridad sanitaria del país exportador en el cual conste que el producto está autorizado legalmente para el consumo humano y es de libre venta, especificándose el grado alcohólico. 2º. Certificado donde conste que el producto proviene directamente del fabricante o en su defecto de un distribuidor autorizado por el mismo, salvo cuando el producto proceda del mismo fabricante. 3º. Recibos de pago por derechos de análisis de laboratorio y publicación en el Diario Oficial.
Artículo 3
º Para Efectos De La Concesión Del Registro Sanitario Para La Importación De Bebidas Alcohólicas Terminadas Los Interesados Deberán Presentar Ante El Ministerio De Salud Una Solicitud Suscrita Por El Representante Legal O Su Apoderado, Según El Caso, La Cual Deberá Contener: -Nombre O Razón Social De La Persona Natural O Jurídica A Cuyo Nombre Se Solicita El Registro Sanitario Para Importar Y Vender Y Su Domicilio
Decreto 2742 de 1991 · por el cual se reglamenta parcialmente los títulos V y VI de la Ley 9 de 1979, en lo referente a la importación y venta de medicamentos, bebidas alcohólicas, cosméticos y similares.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.