Art. 4.° Los gastos que haya que hacer para la traslacion de los objetos de que trata el artículo 2. ° de este decreto, serán cubiertos por anticipación por el Almacenista de sal en Santa Rosa, creando los comprobantes necesarios para que se puedan legalizar.
Decreto 369 de 1879 →Vigente
Artículo 4
° De Este Decreto, Serán Cubiertos Por Anticipación Por El Almacenista De Sal En Santa Rosa, Creando Los Comprobantes Necesarios Para Que Se Puedan Legalizar
Decreto 369 de 1879 · Por el cual se dispone que cesen en el ejercicio de sus funciones dos empleados del ramo de Salinas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.