° Aclárase el numeral 4° del artículo 2° del Decreto 1449 de 1990, en el sentido de indicar que el seguro a que hace referencia dicho numeral deberá tener vigencia de un (1) año.
Decreto 1726 de 1990 →Vigente
Artículo 1
Aclárase El Numeral 4° Del Artículo 2° Del Decreto 1449 De 1990, En El Sentido De Indicar Que El Seguro A Que Hace Referencia Dicho Numeral Deberá Tener Vigencia De Un (1) Año
Decreto 1726 de 1990 · por el cual se aclara el numeral 4° del artículo 2° del Decreto número 1449 de julio 6 de 1990.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.