Micelio

Artículo 1

Aclárase El Numeral 4° Del Artículo 2° Del Decreto 1449 De 1990, En El Sentido De Indicar Que El Seguro A Que Hace Referencia Dicho Numeral Deberá Tener Vigencia De Un (1) Año

Decreto 1726 de 1990 · por el cual se aclara el numeral 4° del artículo 2° del Decreto número 1449 de julio 6 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Aclárase el numeral 4° del artículo 2° del Decreto 1449 de 1990, en el sentido de indicar que el seguro a que hace referencia dicho numeral deberá tener vigencia de un (1) año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1726 de 1990