Micelio

Artículo 3

Ley 64 de 1967 · por la cual se crea el Fondo Vial Nacional y se destinan sus recursos para los planes viales nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El proyecto de presupuesto del Fondo Vial Nacional, elaborado por el Ministerio de Obras Públicas con intervención del Departamento Administrativo de Planeación ya probado por el Gobierno, será incluido como anexo al Presupuesto Nacional en la forma prevista por el artículo 9º, del Decreto extraordinario 1675 de 1964.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 64 de 1967