Micelio

Artículo 2

Fíjase En 30% Ad Valórem El Gravamen Arancelario De Los Buses Denominados Y Comprendidos En La Posición De Aduanas 87

Decreto 118 de 1968 · por el cual se modifica el Decreto 1611 de junio 19 de 1965 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Fíjase en 30% ad valórem el gravamen arancelario de los buses denominados y comprendidos en la posición de Aduanas 87.02. B. cuando se importen con destino exclusivo, permanente e indefinido para el servicio público de transporte de pasajeros, en las modalidades de servicio urbano, intermunicipal o interdepartamental.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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