Micelio

Artículo 34

El Instituto Se Ceñirá En El Cumplimiento De Sus Funciones A Las Normas Legales Que Lo Rigen Y A Los Presentes Estatutos, Y No Podrá Desarrollar Actividades, Ni Ejecutar Actos Distintos De Los Allí , Previstos, Ni Destinar Cualquier Parte De Sus Bienes Orecursos Para Fines Diferentes A Los Contemplados En Dichas Normas

Decreto 249 de 1981 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Colombiano de Cultura Hispánica.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto se ceñirá en el cumplimiento de sus funciones a las normas legales que lo rigen y a los presentes estatutos, y no podrá desarrollar actividades, ni ejecutar actos distintos de los allí , previstos, ni destinar cualquier parte de sus bienes orecursos para fines diferentes a los contemplados en dichas normas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 249 de 1981