Cuando el Jefe de la entidad territorial tenga conocimiento de cualquier acción contenciosa en que sea parte o tenga interés la Nación -Ministerio de Educación Nacional-, procederá de inmediato a informar al Jefe Seccional de Escalafón para garantizar una adecuada y oportuna defensa de los intereses de la administración comprometidos en el litigio.
Artículo 92
Cuando El Jefe De La Entidad Territorial Tenga Conocimiento De Cualquier Acción Contenciosa En Que Sea Parte O Tenga Interés La Nación -Ministerio De Educación Nacional-, Procederá De Inmediato A Informar Al Jefe Seccional De Escalafón Para Garantizar Una Adecuada Y Oportuna Defensa De Los Intereses De La Administración Comprometidos En El Litigio
Decreto 525 de 1990 · por el cual se reglamentan los artículos 55, 57, 59 y 60 de la Ley 24 de 1988, parcialmente los artículos 12, 13 y 18 de la Ley 29 de 1989 y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.