Art. 2.º El Poder Ejecutivo podrá también contratar la construccion de la parte de esa misma línea comprendida entre el rio Carare o cualquiera de los afluentes del rio Magdalena i un punto de la altiplanicie cercano a Chiquinquirá, haciendo uso de las autorizaciones de que trata el articulo 1.º de esta lei.
Ley 31 de 1874 →Vigente
Artículo 2
Ley 31 de 1874 · Que concede nuevas autorizaciones al Poder Ejecutivo para la construcción del ferrocarril del Norte
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.