Micelio

Artículo 1

º El Ministerio De Comunicaciones Reglamentará La Distribución Nacional De Las Frecuencias Centrales Para La Operación De Las Estaciones De Radiodifusión Sonora En Frecuencia Modulada (Fm) Y Fijará La Relación De Protección En Radiofrecuencia Que Se Deberá Mantener Según La Separación Entre Portadores Y La Clase De Transmisiones Que Se Efectúen

Decreto 1245 de 1986 · Por el cual se modifica el Decreto número 2085 de 1975.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Ministerio de Comunicaciones reglamentará la distribución nacional de las frecuencias centrales para la operación de las estaciones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) y fijará la relación de protección en radiofrecuencia que se deberá mantener según la separación entre portadores y la clase de transmisiones que se efectúen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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