º Modificase el artículo 2º del Decreto número 1563 de 1954, en el sentido de que el derecho de almacenaje de los impresos de peso superior a quinientos (500) gramos, procedentes del Exterior, se cobrará en estampillas de sobreporte aéreo (Correo Extrarrápido), a razón de cinco centavos ($ 0.05) diarios por paquete, a partir de los veinte (20) días de la notificación del aviso de llegada de la remesa o remesas.
Decreto 1946 de 1955 →Vigente
Artículo 1
Modificase El Artículo 2º Del Decreto Número 1563 De 1954, En El Sentido De Que El Derecho De Almacenaje De Los Impresos De Peso Superior A Quinientos (500) Gramos, Procedentes Del Exterior, Se Cobrará En Estampillas De Sobreporte Aéreo (Correo Extrarrápido), A Razón De Cinco Centavos ($ 0
Decreto 1946 de 1955 · Por el cual se modifica el decreto número 1563 de 1954
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.