Micelio

Artículo 1

º Para Efectos Del Presente Decreto Se Entiende Por Viaje De Estudio Al Exterior, El Desplazamiento A Otro País Para Desarrollar Actividades Que Impliquen Formación, Capacitación, Adiestramiento O Perfeccionamiento, Que Pueden Ser, Entre Otras, Programas De Formación Avanzada, Cursos, Pasantías, Visitas De Observación A Centros De Investigación, Laboratorios, Parques Tecnológicos O Afines, Seminarios, Foros, Congresos, Simposios Y Talleres

Decreto 584 de 1991 · por el cual se reglamentan los viajes de estudio al exterior de los investigadores nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para efectos del presente Decreto se entiende por viaje de estudio al exterior, el desplazamiento a otro país para desarrollar actividades que impliquen formación, capacitación, adiestramiento o perfeccionamiento, que pueden ser, entre otras, programas de formación avanzada, cursos, pasantías, visitas de observación a centros de investigación, laboratorios, parques tecnológicos o afines, seminarios, foros, congresos, simposios y talleres.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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