Dentro Del Mes De Mayo, La Junta Directiva De La Sociedad Colombiana De Ingenieros Estudiará Las Peticiones De Los Candidatos Que Figuren Como Acreedores A Recibir El Premio Y Los Conceptos Que Con Respecto A Ellas Se Hubieren Rendido, Y Hará La Adjudicación Con La Anticipación Suficiente, Para Que Él Premio Pueda Ser Entregado En La Sesión Que Celebre La Sociedad El 29 Del Mismo Mes
Decreto 550 de 1941 · Por el cual se reglamenta el artículo 3° de la Ley 100 de 1937
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Dentro del mes de mayo, la Junta Directiva de la Sociedad Colombiana de Ingenieros estudiará las peticiones de los candidatos que figuren como acreedores a recibir el premio y los conceptos que con respecto a ellas se hubieren rendido, y hará la adjudicación con la anticipación suficiente, para que él premio pueda ser entregado en la sesión que celebre la Sociedad el 29 del mismo mes.
Parágrafo
La adjudicación del premio se hará en votación secreta, por mayoría absoluta de votos, y en caso de empate, se decidirá por la suerte.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.