Micelio

Artículo 2

Los Representantes De Los Notarios Al Consejo Superior De La Administración De Justicia Serán Elegidos Por Los Notarios De Manera Directa Y Democrática Para Un Período De Dos (2) Años, Contados A Partir De La Fecha De La Declaración De Su Elección

Decreto 2458 de 1998 · por el cual se reglamenta el artículo 164 del Decreto-ley 960 de 1970.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los representantes de los notarios al Consejo Superior de la Administración de Justicia serán elegidos por los notarios de manera directa y democrática para un período de dos (2) años, contados a partir de la fecha de la declaración de su elección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2458 de 1998