Micelio

Artículo 3

Decreto 532 de 1881 · Adicional y reformatorio de los de fecha 12 de abril, sobre concursos científicos, artísticos y literarios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° Un Jurado especial, que será nombrado posteriormente, examinará y calificará, á más tardar para el 30 de Agosto próximo, las numerosas composiciones presentadas para la letra del Himno nacional colombiano, é inmediatamente que dicte su fallo, la letra que favorezca será ofrecida á los artistas músicos para que de nuevo presente, ajustandose á ella la musica del Himno, Un Jurado nacional cuyo personal se designará por separado, escogerá de entre las obras señaladas, hasta seis, sobre las cuales recaerá el fallo definitivo conforme á ulteriores disposiciones administrativas. Elévase á doscientos pesos para la letra del Himno y á trescientos para la música, el premio antes fijado para las dos obras escogidas en uno y otro concurso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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