Artículo único. Para atender a los sueldos y sostenimiento del Inspector y Maestros de las Escuelas e Internados del Vicariato Apostólico de Casanare, hácese la siguiente distribución: Capítulo 349, artículo 3536. Sueldos en doce meses: enero a diciembre: Mensual. Total. Inspector $ 392.66 4.711.92 Subinspector 290.02 3.480.24 36 Maestros, a $ 189.37 cada uno 6.817.32 81.807.84 Suma $ 7.500.00 90.000.00 Comuníquese y cúmplase.
Decreto 520 de 1956 →Vigente
Artículo 3536
Sueldos En Doce Meses: Enero A Diciembre: Mensual
Decreto 520 de 1956 · Por el cual se distribuye la partida apropiada en el Presupuesto Nacional vigente para sueldos de personal y demás gastos de sostenimiento de las Escuelas e Internados del Vicariato Apostólico de Casanare
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.