Micelio

Artículo 1

Ley 98 de 1919 · por la cual se ordena la construcción de una variante y se dispone una erogación del Tesoro Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tan pronto como sea sancionada la presente Ley, el Gobierno dispondrá la construcción de una variante en el camino nacional que partiendo del Puente Real, de Chitaga, bajando por la margen occidental del rio de este mismo nombre, pasando por el punto de Icota, y rodeando la loma de Venadillo, termine en la confluencia del rio Cacota con la quebrada de Taiguala.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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