Para facilitar la realización de esta Ley, el Gobierno formará una sociedad en la cual la Nación aporte el cincuenta y uno por ciento (51%) de las acciones, como mínimo, y el Departamento de Antioquia, los Municipios que se beneficien con la obra, las personas o entidades particulares que deseen prestar su concurso, el cuarenta y nueve por ciento (49%) restante.
Ley 115 de 1941 →Vigente
Artículo 3
Ley 115 de 1941 · Por el cual se provee a la construcción de una central hidroeléctrica en el sureste de Antioquia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.