Micelio

Artículo 17

División De Control De Tarifas Y Operaciones

Decreto 2681 de 1991 · por el cual se establece la estructura y se determinan las funciones de las dependencias internas de la Superintendencia General de Puertos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Control de Tarifas y Operaciones . Son funciones de la División de Control de Tarifas y Operaciones las siguientes

1.

Llevar el control sobre los avisos, las comunicaciones, el establecimiento y modificación de las tarifas que efectúen las Sociedades Portuarias y comunicar al Superintendente los eventos en que se infrinjan las normas aplicables.

2.

Asumir de oficio o a solicitud de cualquier autoridad o persona interesada, la investigación de las violaciones del Estatuto de Puertos Marítimos y de sus reglamentos, y de las condiciones técnicas de operación de las Sociedades Portuarias, o de sus usuarios o de los beneficiarios de licencias o autorizaciones e informar al Director Técnico de las irregularidades a que haya lugar.

3.

Solicitar a las Sociedades Portuarias que opera puertas de servicio privado el informe sobre la fijación de sus tarifas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2681 de 1991