Ajustes presupuestales . En el marco de lo dispuesto por el artículo 86 del Estatuto Orgánico de Presupuesto, el Gobierno nacional hará los ajustes presupuestales para que el Invir cuente con las apropiaciones correspondientes para cumplir con sus objetivos, sin aumentar las partidas globales por funcionamiento, inversión y servicio de la deuda aprobadas por el Congreso de la República.
Las apropiaciones afectadas con registro presupuestal a la expedición del decreto que realizará los ajustes presupuestales, se mantendrán en el Instituto Nacional de Vías (Invías) y/o entidades públicas del orden nacional hasta que se cumplan las obligaciones que originaron el compromiso.