Micelio

Artículo 8

Decreto 2050 de 1985 · Por el cual se reglamenta el artículo 25 del Decreto 1598 de 1963 sobre cooperativas de producción y de trabajo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los estatutos de las cooperativas de trabajo asociado y las de producción comunitaria podrá establecerse un período determinado no mayor de seis meses durante el cual los aspirantes a ser asociados ejerzan provisionalmente los derechos de éstos y están sujetos a sus obligaciones pero pueden ser excluidos o retirarse voluntariamente sin trámites o requisitos especiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2050 de 1985