Micelio

Artículo 12

Honorarios

Decreto 710 de 1956 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Corporación Nacional de Servicios Públicos, y se dictan normas para el funcionamiento de esa entidad

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Honorarios. Los miembros de la Junta Directiva tendrán derecho a percibir, como honorarios, la suma de cien pesos ($ 100.00) por sesión de Junta o de a que asistan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 710 de 1956