La prohibición de concurrir a determinados lugares públicos consiste en privar a los intoxicados por el alcohol o por alguna substancia venenosa del derecho de' concurrir a los establecimientos abiertos para el público, donde se expenden bebidas alcohólicas y a los lugares donde se considere que se comercia clandestinamente con substancias narcóticas o donde las condiciones del ambiente, la índole de las personas que suelen congregarse, etc., pueden impulsarlos a cometer infracciones.
Artículo 65
La Prohibición De Concurrir A Determinados Lugares Públicos Consiste En Privar A Los Intoxicados Por El Alcohol O Por Alguna Substancia Venenosa Del Derecho De' Concurrir A Los Establecimientos Abiertos Para El Público, Donde Se Expenden Bebidas Alcohólicas Y A Los Lugares Donde Se Considere Que Se Comercia Clandestinamente Con Substancias Narcóticas O Donde Las Condiciones Del Ambiente, La Índole De Las Personas Que Suelen Congregarse, Etc
Decreto 250 de 1958 · Junta militar de gobierno- por el cual se expide el código de justicia penal militar
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.