Micelio

Artículo 1

Decreto 1916 de 1973 · Por el cual se modifica el artículo 11 del Decreto número 1143 de julio 18 de 1969

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. La Superintendencia de Industria y Comercio impondrá sanciones a las empresas ensambladoras de la Industria automotriz reconocidas como tales, por el incumplimiento: A) De las condiciones generales básicas establecidas o que establezca el Ministerio de Desarrollo, para las empresas ensambladoras del sector automotriz; B) De los programas específicos de producción de unidades terminadas, y grados mínimos de integración de partes y piezas nacionales; C) Cuando los productos ensamblados no reúnan las especificaciones mínimas de calidad establecida o que se establezcan.

Parágrafo

Corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio fijar los programas específicos de producción de unidades terminadas, los grados mínimos de integración de partes y piezas nacionales y las especificaciones mínimas de calidad a que se refiere este artículo en sus numerales B y C.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1916 de 1973